14/01/2026

Ludopatía y Segunda Oportunidad

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La ludopatía es una espiral destructiva. Comienza como un juego y puede terminar en la ruina económica, arrastrando a familias y proyectos de vida.
Cada vez más personas, especialmente jóvenes, se ven atrapadas en un laberinto de microcréditos y deudas imposibles de pagar[1] . La pregunta que muchos se hacen es:

Si mis deudas vienen del juego, ¿tengo derecho a una segunda oportunidad?

La respuesta es un rotundo . Pero con matices importantes.

El gran mito: “si la insolvencia es por juego, el concurso es culpable”

Existe la falsa creencia de que la Ley nunca perdonará deudas generadas por una adicción. Se piensa que la ley lo interpreta
como una imprudencia o una “culpa grave”. Sin embargo, la justicia está evolucionando y entiende una realidad fundamental: la ludopatía es una enfermedad, no una decisión malintencionada.

El Texto Refundido de la Ley Concursal es claro: para denegar la cancelación de deudas, el juez debe determinar que hubo “dolo o culpa grave” en la generación de la insolvencia [2]. Y aquí está la clave que como abogados defendemos: la culpa o dolo se generan cuando hay un consentimiento libre. ¿Lo hay en caso de adicción insuperable?

Una persona que actúa bajo el impulso de una patología diagnosticada no lo hace con la intención deliberada de arruinarse. No hay dolo. La  enfermedad anula la voluntariedad del acto, y por tanto, la culpabilidad en el sentido que exige la ley.

Como bien apuntan expertos legales, el enfoque no es esconder la adicción, sino alegarla como argumento central de la defensa para demostrar que la insolvencia fue una consecuencia directa de la enfermedad [3].

¿Cómo un ludópata demuestra que se arruinó involuntariamente con el juego?

En “La venganza de Don Mendo” de Pedro Muñoz Seca, uno de sus personajes se exculpa diciendo: “No fui yo, fue el maldito Cariñena que se apoderó de mí”

La Ley de Segunda Oportunidad no es un borrón y cuenta nueva automático. Exige que el deudor actúe de “buena fe”. En casos de ludopatía, los jueces han establecido un estándar claro para medirla con un check list diáfano:

 

  1. Diagnóstico y Tratamiento: Diagnóstico por facultativo y un tratamiento activo es la prueba más poderosa. Demuestra que estás luchando por superar la adicción diagnosticada.

  2. Transparencia Total: Colaborar sin fisuras con el juez y el administrador concursal.  Aportar toda la documentación que te pidan, sin ocultar nada.

  3. Stop al Juego: Haber dejado de jugar y tomar medidas para no recaer. La inscripción en el registro de autoexclusión (RGIAJ) es un paso decisivo.

  4. No ocultar bienes: No haber intentado poner a salvo patrimonio para evitar que llegue a los acreedores. La honestidad es innegociable.

 

La prueba: tu mejor aliado para convencer al Juez

Las palabras no bastan. Necesitas un arsenal de pruebas que construyan un caso sólido. Los documentos que inclinarán la balanza a tu favor son:

  • El Informe Pericial Psicológico/Psiquiátrico: Es la piedra angular. Un informe detallado que diagnostique la ludopatía y explique cómo afecta a tu control de impulsos es fundamental [4, 5].
  • Certificados de Tratamiento: Documentos de las asociaciones o terapeutas que acrediten tu proceso de rehabilitación.
  • El Rastro del Dinero: Extractos bancarios que muestren el patrón de gastos en juego, junto a los contratos de los microcréditos que pedías para seguir jugando. Esto conecta la adicción con la deuda.

Una Justicia que entiende el problema

La buena noticia es que los tribunales son cada vez más sensibles a esta realidad. Sentencias recientes confirman que, con las pruebas adecuadas, la exoneración es perfectamente posible. Entienden que la recuperación de una persona adicta tiene dos caras: la psicológica y la financiera. La Ley de Segunda Oportunidad está precisamente para eso: para ofrecer una salida económica que permita a la persona centrarse en su recuperación personal.

Si te encuentras en esta situación, no tires la toalla. La ley está de tu lado, pero necesitas la guía de profesionales especializados que sepan cómo defender tu caso. La ruina por la ludopatía tiene solución, y el primer paso es informarse.

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Referencias
[1] El Debate. (2026, 11 de enero). Cada vez más jóvenes recurren a la Ley de Segunda Oportunidad por deudas ligadas a la ludopatía.
[2] Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
[3] García Calero, J. (2025, noviembre). LA ADICCIÓN Y LA LUDOPATÍA EN EL CONCURSO DE ACREEDORES. LinkedIn.
[4] Torrijos Abogados. (s.f.). ¿Se pueden cancelar deudas por ludopatía? – Ley Segunda Oportunidad [Guía].
[5] Bergadà Abogados. (2025, 4 de diciembre). La ludopatía y otras enfermedades como causa legítima de exoneración

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