Abogados Ley de Segunda Oportunidad: Cancela tus deudas legalmente

Si no puedes pagar tus deudas, la ley te permite cancelarlas y empezar de cero. Liberamos a particulares y autónomos de sus deudas de forma legal y definitiva.

Revisado por el equipo legal de DMD Asesores · Actualizado mayo 2026
50.000€
Deuda media cancelada
97%
Casos con exoneración
1.200+
Deudores liberados

Antes del proceso

  • Deudas impagables
  • Embargos de nómina
  • En ficheros de morosos
  • Sin salida

Después del proceso

  • Deudas canceladas
  • Sin embargos
  • Fuera de ASNEF
  • Nueva vida financiera

¿Tienes deudas con alguno de estos?

Podemos cancelar deudas con bancos, financieras, Hacienda, Seguridad Social y más.

Bancos
Financieras
Hacienda(AEAT)
SeguridadSocial
Tarjetas decrédito
Préstamospersonales
Microcréditos
Deudas conproveedores
Facturasimpagadas
Comunidad devecinos
Suministros
Multas
Deudasfamiliares
Avales

Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad

Un proceso legal que te permite empezar de cero

Análisis de tu situación
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Análisis de tu situación

Estudiamos tus deudas, ingresos y patrimonio para diseñar la mejor estrategia

Intento de acuerdo extrajudicial
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Intento de acuerdo extrajudicial

Negociamos con tus acreedores para intentar un acuerdo de pago

Concurso de acreedores
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Concurso de acreedores

Si no hay acuerdo, iniciamos el concurso para solicitar la exoneración

Exoneración de deudas
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Exoneración de deudas

El juez cancela tus deudas y quedas liberado para empezar de nuevo

Sin coste inicial
Solo pagas si ganamos
Proceso 100% online

Precio cerrado y financiable

Conoce el coste desde el primer día. Sin sorpresas.

Ejemplo de ahorro

Total de deudas45.000€
Deuda cancelada45.000€
Coste del proceso2.800€
Tu ahorro42.200€
Consulta inicial gratuita
Precio cerrado
Financiación disponible
Gestión integral
Abogados especializados

Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber sobre la Ley de Segunda Oportunidad.

Es un mecanismo legal que permite a personas físicas cancelar sus deudas cuando demuestran que no pueden pagarlas. Te permite empezar de cero, liberándote de todas las deudas que no puedas asumir, siempre que actúes de buena fe y cumplas los requisitos legales.

No. La Ley de Segunda Oportunidad protege específicamente tu vivienda habitual, pero tendrás que hacer un Plan de pagos a los acreedores a 60 meses y asumible a tus posibilidades económicas. 

El proceso completo suele durar entre 6 y 12 meses, aunque los plazos dependen del juzgado.

Sí, una vez finalizado el proceso y obtenida la exoneración, recuperas tu capacidad crediticia. Podrás volver a solicitar préstamos, hipotecas o tarjetas de crédito. El proceso no te impide acceder a financiación en el futuro, aunque los bancos valorarán tu nueva situación.

Sí, con condiciones. Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social pueden incluirse en el proceso de Segunda Oportunidad. Aunque tienen un tratamiento especial (son créditos privilegiados), en muchos casos conseguimos cancelar una parte significativa o negociar planes de pago asumibles.

Se pueden cancelar prácticamente todas las deudas: tarjetas de crédito, préstamos personales, microcréditos, deudas con Hacienda y Seguridad Social (con condiciones), deudas empresariales, suministros, etc.

Dependerá de tu caso pero siempre una cantidad total inferior a 3.000 euros y con facilidades de pago acorde a tu situación financiera, que puedes financiar durante el proceso. Nuestros honorarios son transparentes.

Sí, tener ingresos no te excluye. Lo importante es que tus ingresos sean insuficientes para pagar todas tus deudas. Analizamos tu caso específico para ver la viabilidad.

El plazo varía según el tipo de reclamación. Para tarjetas revolving: 5 años desde que se conoce la abusividad del contrato (art. 1964 Código Civil). Para fraude/phishing: 13 meses desde la notificación del cargo no autorizado (RDL 19/2018, PSD2). Para microcréditos usurarios: 5 años. Importante: el plazo empieza a contar desde que conoces —o podías conocer— la abusividad, no desde que firmaste el contrato. Si crees que tu caso ha prescrito, consúltanos: en muchos casos el plazo sigue vigente.

La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, reformó en profundidad el mecanismo. Los cambios más importantes: (1) Se suprimió el Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) y se creó el Plan de Reestructuración, más ágil. (2) Nuevo Procedimiento Especial para Microempresas: más rápido y económico para pequeños autónomos y comerciantes. (3) La exoneración puede obtenerse de forma directa cuando el deudor no tiene activos realizables. (4) Plazos reducidos: muchos procesos se resuelven ahora en 6-9 meses. Esta reforma transpone la Directiva Europea 2019/1023 y beneficia a quienes se acojan hoy frente a los que lo hicieron antes de 2022.

Para beneficiarte de la LSO debes: (1) Ser persona física —particular o autónomo—, no una sociedad mercantil. (2) Estar en situación de insolvencia real: tus deudas superan tu capacidad de pago con ingresos y patrimonio actuales. (3) No haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años. (4) Actuar de buena fe: no haber ocultado bienes ni incrementado la deuda de forma irresponsable. (5) No haberte acogido a la LSO en los últimos 10 años. Si tienes dudas sobre si cumples los requisitos, nuestros abogados te asesoran sin compromiso.

Guía gratuita: Cómo cancelar tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

Aprende si cumples los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, qué deudas se pueden perdonar y qué pasos debes seguir para empezar a cancelar tus deudas legales y de forma segura.

  • Qué es la Ley de Segunda Oportunidad y quién puede acogerse.
  • Qué deudas se pueden cancelar y cuáles suelen quedar fuera (préstamos, tarjetas, avales, Hacienda, Seguridad Social, etc.).
  • Qué puedes conseguir si te acoges: exoneración total o parcial de deudas, freno a embargos y reclamaciones, y posibilidad de empezar de cero.

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