En DMD Asesores, especialistas en Ley de la Segunda Oportunidad en Barcelona, hemos conseguido la exoneración de más de 110.000 euros de deuda a una clienta barcelonesa, frutera de profesión, que atravesaba una situación de insolvencia económica grave tanto por motivos profesionales como personales.
Este caso demuestra cómo el mecanismo de la Segunda Oportunidad permite a autónomos y pequeños empresarios cancelar sus deudas legalmente y empezar de nuevo.
Origen de la insolvencia: COVID y causas personales
Los problemas económicos de esta pequeña empresaria comenzaron a principios de 2020, con la llegada de la crisis del COVID-19. La drástica caída de las ventas la obligó a solicitar préstamos bancarios para poder:
- Mantener el stock de mercancía.
- Pagar el alquiler del local comercial.
- Abonar el salario de su único empleado.
La situación se agravó cuando un hermano residente en el extranjero enfermó gravemente de cáncer, con un tratamiento médico de coste muy elevado. Ante esta circunstancia, la clienta tuvo que seguir endeudándose para garantizarle una atención médica digna.
Resultado: exoneración total de las deudas en menos de 9 meses
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, y tras un procedimiento concursal ágil y bien planteado por nuestro equipo, en menos de nueve meses la clienta obtuvo la cancelación total de sus deudas, pudiendo:
- Volver a empezar con su negocio.
- Recuperar la estabilidad económica.
- Quedar libre de cargas financieras.
¿Qué ocurre con los pequeños empresarios sin bienes de alto valor?
En el caso de autónomos y pequeños empresarios que:
- Alquilan el local de su negocio.
- No son propietarios de inmuebles.
- No disponen de bienes de alto valor (vehículos de alta gama, maquinaria pesada, etc.).
Los procedimientos de Segunda Oportunidad suelen ser rápidos, y habitualmente en menos de un año se obtiene del juzgado el auto de exoneración del pasivo insatisfecho, cancelando las deudas con bancos y financieras.
¿Qué pasa si existen bienes de valor?
Cuando el deudor posee bienes de valor elevado, ya sea a título personal o profesional (de forma orientativa, superiores a 4.000 €), existen dos opciones:
- Liquidación de bienes:
El deudor deberá entregar dichos bienes para que se proceda a la cancelación total de sus deudas.
- Plan de pagos
Como alternativa, es posible acogerse a un plan de pagos de hasta 36 meses, abonando una parte sustancial del valor del bien sin necesidad de perderlo.
Deudas con Hacienda y Seguridad Social
Los procedimientos se complican cuando existen deudas con:
- Agencia Tributaria (AEAT).
- Seguridad Social.
La ley permite perdonar estas deudas con un límite máximo de 10.000 € por organismo. El importe restante:
- No puede ser exonerado.
- Debe fraccionarse posteriormente mediante acuerdos de pago.
Consulta gratuita sobre la Ley de la Segunda Oportunidad
Si eres autónomo, empresario o particular y quieres saber si tu situación es viable para la Ley de la Segunda Oportunidad o para un proceso de reestructuración de deuda, en DMD Asesores te ofrecemos una consulta gratuita y sin compromiso.
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