Una de las dudas más frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad es si permite cancelar deudas con la Agencia Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social. La respuesta es sí, con matices importantes que introdujo la reforma de 2022.
¿Qué deuda con Hacienda se puede cancelar?
Antes de la reforma de 2022, las deudas con Hacienda quedaban excluidas del BEPI (beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho). Desde julio de 2022, la situación ha cambiado:
- Deudas AEAT por IRPF, IVA, IS de particulares y autónomos: cancelables hasta el límite legal
- El límite exoneración deuda pública (Hacienda + SS) es de 10.000 € en el procedimiento especial
- En el procedimiento ordinario, el límite asciende a un máximo fijado por el juez según la capacidad de pago
Importante: las sanciones e infracciones penales tributarias no son exonerables.
¿Y la deuda con la Seguridad Social?
Las deudas de cuotas de autónomos (RETA) son de las más comunes. Con la reforma 2022, hasta 10.000 € de deuda con la Seguridad Social pueden quedar exonerados en el procedimiento especial. En el ordinario, el juez valora caso por caso.
El límite de 10.000 € en el procedimiento especial
El procedimiento especial (más rápido, accesible para deudas bajo 5 millones €) exonera automáticamente hasta 10.000 € de deuda pública total (Hacienda + SS sumados). Por encima de esa cifra, la deuda pública no exonerada queda sujeta a un plan de pagos de 3 años.
Ejemplo práctico
Imagina que debes 6.000 € a Hacienda, 8.000 € a la SS y 40.000 € a bancos y tarjetas. Total deuda pública: 14.000 €. Con el procedimiento especial, se exoneran 10.000 € de esa deuda pública. Los 4.000 € restantes (deuda pública) quedan en un plan de pagos de 3 años. Los 40.000 € de deuda privada se exoneran en su totalidad.
¿Tengo que seguir pagando mis impuestos durante el proceso?
Sí. Las deudas que se generan durante el proceso (obligaciones corrientes) no forman parte del concurso. Debes seguir cumpliendo con tus obligaciones tributarias y de SS presentes.
¿Qué hacer si tengo un embargo de Hacienda?
Si Hacienda ya ha iniciado un procedimiento ejecutivo (embargo de cuenta, nómina o bienes), la presentación del concurso de acreedores suspende automáticamente los embargos durante el proceso. Consulta con un abogado antes de que la situación empeore.
