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Noticias Generales24 de mayo de 20262 minActualizado: 24 de mayo de 2026

Cómo reclamar ante el Banco de España: guía paso a paso 2026

Equipo Editorial DMDEquipo Editorial DMD
Cómo reclamar ante el Banco de España: guía paso a paso 2026

El Servicio de Reclamaciones del Banco de España es una vía gratuita y accesible para resolver conflictos con tu banco sin necesidad de ir a juicio. No siempre es la más rápida, pero su resolución suele tener un efecto disuasorio muy fuerte sobre las entidades.

¿Qué es el Servicio de Reclamaciones del Banco de España?

Es el organismo supervisor que recibe quejas de consumidores contra entidades financieras supervisadas por el BdE. Emite informes favorables o desfavorables —no son vinculantes, pero los bancos los suelen acatar para evitar sanciones del supervisor y daño reputacional.

Requisito previo: SAC del banco

Antes de acudir al BdE, debes haber presentado la reclamación al Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco, o bien haber pasado el plazo de respuesta (2 meses para crédito general, 15 días hábiles para servicios de pago) sin obtener respuesta satisfactoria.

¿Cómo presentar la reclamación?

  1. Accede al Portal del Cliente Bancario: reclamaciones.bde.es
  2. Selecciona 'Presentar reclamación' y elige la entidad.
  3. Rellena el formulario con: datos personales, entidad reclamada, descripción del problema, fecha de los hechos y cuantía reclamada.
  4. Adjunta documentación: contrato, extractos, respuesta del SAC (o acuse de recibo de tu reclamación al SAC).
  5. Recibirás un número de expediente para hacer seguimiento.

¿Qué plazo tiene el BdE para resolver?

El Banco de España tiene un plazo de 4 meses para emitir su informe desde que se admite a trámite la reclamación. En la práctica, los plazos medios en 2024 fueron de 5 a 7 meses.

¿El informe del BdE es vinculante?

No. El Banco de España no puede obligar al banco a devolverte el dinero. Pero si el informe te da la razón, tienes una herramienta muy poderosa: el banco queda en evidencia ante su propio supervisor. En la mayoría de los casos, los bancos ceden o negocian para evitar sanciones.

Si el banco no cumple el informe del BdE

Entonces tienes dos opciones: acudir al juzgado (con el informe del BdE como prueba muy favorable) o continuar la presión mediante el Defensor del Cliente Financiero, que entrará en funcionamiento en 2025-2026 con poderes más amplios.

¿En qué casos NO acudir primero al BdE?

Si el importe es alto (más de 5.000-10.000 €) y tienes prisa, es mejor ir directamente a la vía judicial. El BdE es útil como paso previo o para importes más reducidos donde la judicialización no compensa económicamente.

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